TIPO DE CONTRATATO ORDINARIO POR TIEMPO INDEFINIDO
· Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido (resumido y seleccionado) de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
· Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo.
· Real Decreto - Ley 15/1998, de 27 de noviembre.
· Real Decreto 1/1999, de 8 de enero.
· El contrato será por tiempo indefinido, a tiempo completo o parcial.
· La indemnización por despido improcedente es de 45 días de salario, por año de trabajo, y hasta un máximo de 42 mensualidades
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